FINE
4 de julio de 2017
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LA CNMV Y EL MIFID II




La CNMV, con fecha 27 de Junio del 2017, ha aprobado la Guía Técnica para la Evaluación de los Conocimientos y Competencias del personal de las entidades financieras que informan y asesoran sobre productos financieros MIFID. La entrada en vigor de la misma será a partir del 1 de Enero del 2018.
 
El objetivo de esta Guía Técnica es mejorar el nivel de formación del personal en beneficio de los clientes, las entidades y su personal. Para ello, a través de la misma se exige:
 
- Formación mínima de 80 horas lectivas para el personal que ofrezca solo información y de 150 horas para el personal que asesore, con actualizaciones de 20 y 30 horas lectivas anuales respectivamente.
 
- Experiencia profesional mínima de 6 meses.
 
Mencionar que dentro de los requisitos organizativos se exige a las entidades financieras un órgano de administración que, bajo su responsabilidad directa, asegure las competencias adecuadas en función de la complejidad de los instrumentos sobre los que se informa y asesora.
 
Dicho órgano puede determinar que tanto las entidades externas como el área interna de las entidades financieras faciliten al personal una cualificación adecuada, debiendo asegurarse en el primer caso que las entidades externas dispongan de mecanismos razonables de separación entre la formación y la evaluación.
 
Asimismo, también deja patente que la persona que esté supervisando a otra, asumirá la responsabilidad de la prestación de los servicios.
 
En la Guía Técnica se mantiene las tres posibilidades conocidas de acreditación:
 
1) Título o certificación incluida dentro de la lista que elaborará la CNMV, aún sin publicar.
 
2) Otra cualificación externa, siempre bajo la responsabilidad de la entidad.
 
3) La cualificación interna de la propia entidad que cumpla los requisitos establecidos en la Guía Técnica.
 
Por el momento y hasta que la CNMV no publique la lista de acreditaciones externas, todas las formas de acreditación son bajo la responsabilidad de cada entidad.
 
La Guía Técnica no recoge nada del reconocimiento de titulaciones universitarias, una de las alegaciones que presentó FINE, si bien exigimos a la CNMV que tenga en cuenta dicha alegación para la elaboración  de la lista de titulaciones o certificaciones reconocidas que está pendiente de publicar.


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