FINE
3 de abril de 2024
Tlf: 911 542 392
fine@federacionfine.es
 
EN FINE TE AYUDAMOS CON LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2023



LA AGENCIA TRIBUTARIA ADELANTA AL 3 DE ABRIL LA CAMPAÑA DE RENTA 2023

Desde el 3 de abril y hasta el 1 de julio podrás presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2023.

Como cada año, desde FINE te informamos de los aspectos más relevantes de esta campaña y comentamos los puntos más destacables a tener en cuenta.

Para acceder a los servicios fiscales, pincha aquí.

La AEAT ofrece varias modalidades de presentación:

  • Del 3 de abril al 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.

  • Del 7 de mayo al 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionar tu declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio). 

  • Del 3 de junio al 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria te podrá confeccionar tu declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).

  • Hasta el 1 de julio. Declaración anual de Renta y Patrimonio 2023 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativa y a ingresar sin domiciliación del primer plazo: D-100, D-714

  • Hasta el 26 de junio. Declaración anual Renta y Patrimonio 2023 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta: D-100, D-714

TELÉFONOS DE AYUDA DE LA AEAT

Renta Información (lunes a viernes) 91 554 87 70 / 901 33 55 33 - 9:00 a 19:00
Renta Asistencia Confirmación y Modificación del Borrador (desde el 7 de mayo de lunes a viernes concertando cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio) 91 535 73 26 / 91 553 00 71 - 9:00 a 21:00.
Confección presencial declaración (a partir del 1 de junio pidiendo cita desde el 29 de mayo al 28 de junio) 901 22 33 44 / 91 553 00 71 - 9:00 a 19:00

CAMPAÑA RENTA 2023

OBLIGACIÓN DE HACER LA DECLARACIÓN

Se ha elevado el límite de 14.000 a 15.000 euros para la obligación de declarar en caso de percibir rendimientos del trabajo de más un pagador, siempre que del segundo y sucesivos pagadores se hayan obtenido más de 1.500 euros.

Para los restantes contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo el límite para declarar por la percepción de estos rendimientos se mantiene en 22.000 euros anuales.

A partir de 1 de enero de 2023, estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

INCREMENTO EN EL IMPUESTO SOBRE LA NÓMINA

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que se aplica desde 2023 para financiar las pensiones, aumentará su tipo impositivo al 0,7% en 2024, distribuido entre la empresa (0,58%) y el trabajador (0,12%).

RETRIBUCIÓN EN ESPECIE

Las cantidades percibidas en concepto de retribución en especie derivadas de préstamos hipotecarios sujetos a deducción por vivienda habitual, podrán incluirse dentro de la base de deducción.

Este hecho es aún desconocido por bastantes asesorías por lo que recomendamos comunicarlo a la hora de confeccionar tu declaración de la renta.

De esta manera, quienes aún disfruten de la deducción por vivienda habitual por su préstamo hipotecario en condiciones de empleado, podrán compensar parcialmente, esta pérdida de poder adquisitivo.

CUOTAS SATISFECHAS A SINDICATOS

Recuerda que las cuotas de afiliación a sindicatos son deducibles en tu declaración de renta, como "cuotas satisfechas a sindicatos", dentro del apartado de "rendimiento de trabajo". El importe pagado en este concepto debes incluirlo a mano ya que Hacienda no incorpora ese dato en el borrador.

NOVEDADES FISCALES 2024

ALQUILER DE VIVIENDAS

A partir de enero disminuye el porcentaje de reducción aplicable al rendimiento neto positivo del capital inmobiliario, que pasará del 60 % al 50 %. Esto sólo afectará a los contratos firmados a partir del día 1 de enero de 2024, por lo que en los contratos anteriores que se declaran en esta renta se mantiene el 60% de reducción

En el caso de propietarios que tengan una casa alquilada en una zona tensionada y rebajen el precio del alquiler un 5% respecto a la última renta, podrán aplicarse una deducción en el IRPF de hasta el 90%. También se podrá aplicar una deducción del 60% cuando la casa haya sido rehabilitada dos años antes a la celebración del contrato de alquiler.
 
DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD

Las mujeres con hijos menores de tres años que tienen derecho a la aplicación del mínimo por descendientes podrán minorar la cuota del impuesto hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años.

VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

Los vehículos eléctricos que se adquieran entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024 y que no estén afectos a actividad económica tendrán una deducción del 15 % de su valor de adquisición, con una base de deducción máxima de 20.000 euros.

También se aplicará la deducción del 15 %, con una base máxima de deducción de 4.000 euros por las instalaciones de infraestructura de recarga de batería siempre que la instalación esté finalizada en 2024.

DEDUCCIÓN POR MEJORAS EN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA

Continúa en vigor la deducción por actuaciones para mejorar la eficiencia energética de la vivienda habitual o en alquiler, por hasta un 40 % de lo invertido siempre que reduzca en al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración. En el caso de que las obras afecten a un edificio residencial completo, la reducción es del 60 %.

VENTA DE ARTÍCULOS EN PLATAFORMAS (Wallapop, Milanuncios, etc.)

Desde 2024 las plataformas deberán comunicar a Hacienda datos sobre usuarios y transacciones, algo que se debe tener en cuenta porque ya resultaba obligatorio incluir en la declaración de la renta, al suponer las ventas una ganancia patrimonial.

CRIPTOMONEDAS

En 2024 habrá que presentar nuevos modelos relacionados con las criptomonedas ante la Agencia Tributaria.

DEDUCCIÓN POR DONATIVOS

Se incrementa la deducción por donativos a partir del 1 de enero de 2024 de 150 a 250 euros, y se eleva del actual 35 % al 40 % el porcentaje de deducción aplicable con carácter general.


DESDE FINE TE AYUDAMOS CON ARAG (*)

Por estar afiliada o afiliado a FINE cuentas con el servicio de ayuda de ARAG* para resolver las dudas que te puedan surgir sobre las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023. Para consultas, puedes llamar a los siguientes teléfonos: 902 090 836 / 934 858 900.
(*) Consulta las condiciones de acceso al servicio con tu organización sindical.
 


¡FINE, A TU LADO!




Datos de contacto:
Teléfono: 911 542 392
Email: fine@federacionfine.es
Web: www.federacionfine.es
Si aún no perteneces a nuestro sindicato y quieres afiliarte, haz click aquí

 
  Ver en navegador | Descargar en PDF | Aviso legal | Desuscribirse