Nuestro Convenio de Ahorro recoge el derecho a la desconexión digital, una vez finalizada la jornada laboral.
Si durante el horario laboral nos ocupamos 100% de asuntos profesionales, cuando salimos de la oficina nuestro tiempo es nuestro. Es justo que cuando terminamos de trabajar, podamos dedicarnos plenamente a nuestra vida personal y familiar.
La desconexión laboral es beneficiosa y saludable. Ayuda a conciliar, rebaja el nivel del estrés al que estamos sometidos a diario, permite descansar y, por tanto, mejora nuestra salud, entre otros aspectos positivos para nosotros y nuestro entorno.
Nuestro Convenio de Ahorro recoge puntos claves que favorecen la desconexión.
- El primero, y fundamental, el propio reconocimiento del derecho a desconectar una vez acabada la jornada.
- Limita las convocatorias de reuniones fuera de la jornada. En todo caso, serán voluntarias y con horario tope de finalización a las 19.00 horas. Deberán convocarse con 48 horas mínimas de antelación. No se realizarán fuera de la jornada laboral en días no laborables y festivos, vísperas de días no laborables y festivo, mes de agosto y semana de la fiesta mayor en cada localidad.
- Establece un periodo de desconexión obligatorio entre las 19:00 horas y las 8:00 horas del siguiente día hábil.
Concluida la jornada laboral, no hay obligación de contestar llamadas, correos electrónicos ni cualquier otro tipo de comunicación. Y las empresas deben de respetar el tiempo de descanso de las plantillas, sin interrupciones.
Convenio de Ahorro
Marco protector sobre el que se asientan los derechos de las plantillas
|