FINE
28 de enero de 2021
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PRINCIPIO DE ACUERDO



XXIV CONVENIO DE BANCA

Después de más de dos años de negociaciones y 47 reuniones, la plataforma FINE-CCOO-UGT y la AEB hemos llegado a un principio de acuerdo del XXIV Convenio Colectivo de Banca, cuya ultraactividad, recordamos, finaliza el próximo 31 de enero.
 
Han sido duros meses negociando un convenio en medio de una pandemia que ha provocado mucha incertidumbre y con unos efectos económicos que no han beneficiado al sector y, por tanto, a nuestras plantillas.
 
El nuevo Convenio de Banca tendrá vigencia de 5 años (2019/2023), posibilitando así la inclusión de mejoras en la última etapa que puedan compensar un año repleto de dificultades. Incluirá avances tanto cuantitativos respecto a la retribución, como cualitativos, contemplando mejoras en los capítulos de licencias, lactancia, permisos no retribuidos, seguro de vida, préstamos, igualdad y conciliación, acoso y violencia de género, así como los nuevos derechos tan necesarios sobre teletrabajo y transformación digital.
 
Además, hemos conseguido frenar las pretensiones de la Patronal en materias tan sensibles como la ampliación de la movilidad y la eliminación de los trienios.
 
Actualización salario Base de Nivel:
  • 2019 – 0,25% *
  • 2021 – 0,25%**
  • 2022 – 1%**
  • 2023 – 1,25%**
* Se actualizará en las tablas de 2021 con pago de atrasos 2019 y 2020. Aplicable a todos los conceptos retributivos de convenio.
** Aplicable a todos los conceptos excepto antigüedad.
 
Pagos fuera de tablas:
  • 0,25% para cada uno de los ejercicios 2021, 2022 y 2023, con abono año siguiente, cuando la entidad tenga beneficios o reparta dividendos, calculado sobre todos los conceptos retributivos de convenio salvo antigüedad. 
  • 0,25% sobre todos los conceptos retributivos de convenio año 2019 y 2020 (RAE sectorial periodo 2014-2018)
 Antigüedad en la empresa y trienios técnicos:
  • La AEB accede a mantener los trienios, actualizándose en un 0,25%.
  • Antigüedad empresa: 471,18€
  • Trienios técnicos:
Nivel 1 –        520,62€
Nivel 2 –        396,42€
Nivel 3 y 4 –  343,24€
Nivel 5 –        282,11€
Nivel 6 y 7 –  189,31€
Nivel 8 -        147,90€

Participación en beneficios:
Percepción o consolidación de cuartos de paga en función del RAE-empresa para los años 2021, 2022, 2023 y 2024, con abono al año siguiente, estableciendo una fórmula de cálculo RAE y de los parámetros de determinación homogénea y según tipo de entidades.

 
Ayuda alimentaria:
  • 2021 – 10 desde octubre
  • 2022 – 10€
  • 2023 – 11€
Compensación Canarias:
  • 2020 – 270€
  • 2021 – 280€
  • 2022 – 290€
Dietas:
  • Media dieta: 15€, 15,50€ y 16€ para 2021, 2022 y 2023 respectivamente.
  • Dieta completa: 35€, 36€ y 37€ para 2021, 2022 y 2023 respectivamente.
Planes de Pensiones:
  • 450€ en 2021
  • 450€ en 2022
  • 550€ en 2023
Compensaciones trabajo a distancia y Teletrabajo: 
  • Teletrabajo de más del 30% de la jornada: ordenador, teléfono móvil y silla ergonómica, que te proporcionará la empresa; hasta 130 € para comprar pantalla, teclado y ratón, si no te lo provee la empresa, y para el resto de gastos generales 55€ mensuales, prorrateados al % de teletrabajo que realices.
  • Teletrabajo menor al 30% de la jornada: ordenador y teléfono móvil que te proporcionará la empresa, y poder realizar el teletrabajo desde el lugar que decidas.
  • Teletrabajo por COVID u otras situaciones de emergencia: ordenador y tele〟ono móvil que te proporcionará la empresa; hasta 45 € para comprar pantalla, teclado y ratón, si no te lo provee la empresa, y poder realizar el teletrabajo desde el lugar que decidas.
Vacaciones:
  • 24 días con posibilidad de fraccionamiento hasta en 4 periodos, siendo este cuarto por acuerdo entre las partes.
Permisos:
  • Inicio de disfrute y cómputo en días hábiles, salvo matrimonio que se inicia en siguiente día hábil pero el cómputo es en días naturales.
  • Por el tiempo indispensable con derecho a remuneración en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
  • El disfrute de lactancia acumulada pasa de 15 días naturales a 15 días laborables a continuación de cualquiera de los periodos de suspensión.
  • Se eleva la edad del disfrute del permiso por acompañamiento en la asistencia sanitaria de hijos e hijas hasta los 16 años.
  • Nueva ausencia no retribuida por el tiempo indispensable para reconocimientos y/o pruebas médicas de la propia persona trabajadora cuando no sea posible su realización fuera de la jornada laboral, pudiéndose establecerse mecanismos de compensación horaria
Seguro de vida:
  • Se amplia para toda la plantilla independientemente del estado civil, con posibilidad de incluir como beneficiario al último cónyuge y, en su defecto, cualquier persona designada expresamente por el titular, siempre que se trate de conviviente o familiar de primer grado del mismo.
Préstamos sin interés:
  • Ampliación de necesidades perentorias: pareja de hecho, por riesgo de inhabitabilidad, sometimiento a técnicas de reproducción asistida y enfermedad grave de la persona empleada o de sus familiares hasta primer grado.
  • 9 mensualidades: instalaciones ecológicas, asistencia médica en caso de enfermedad grave de la persona empleada, así como de su cónyuge o pareja de hecho y/o descendientes de primer grado, siempre y cuando se justifique que no perciben rentas o éstas sean inferiores a 8000€ netos anuales y adquisición de vehículos ecológicos.
  • 5 mensualidades: Tratamientos odontológicos de la persona empleada, así como de su cónyuge o pareja de hecho y/o descendientes de primer grado, siempre y cuando se justifique que no perciben rentas o éstas sean inferiores a 8000€ netos anuales, Actos Jurídicos Documentados y gastos derivados de estudios propios o de sus descendientes. 
Préstamo vivienda:
  • Ampliación del máximo a 150.000€, periodo amortización 30 años, con el límite de los 70 años.
Nuevo préstamo atenciones diversas:
  • Eur 1,25%
  • 25% retribución anual con mínimo de 10.000€
  • Plazo amortización máximo de 8 años.
Salud laboral:
  • Reconocimiento como riesgo laboral de las agresiones o cualquier modalidad de violencia externa ejercida por personal ajeno a la empresa.
Transformación y derechos digitales:
  • Se regula el derecho a la desconexión digital, el derecho a la intimidad ante el uso de dispositivos móviles, el derecho a la intimidad ante las grabaciones de llamadas, sonidos y geolocalización, el derecho a la educación digital y el derecho ante la inteligencia artificial. 
  
Desde FINE valoramos de forma positiva este principio de acuerdo, que pone de manifiesto nuestro compromiso con todas las personas que trabajan en el sector y que demuestran cada día estar a la altura de unas circunstancias cada vez más difíciles, cumpliendo con el objetivo de garantía, mantenimiento y mejora de nuestras condiciones laborales, a pesar de las pretensiones iniciales de la Patronal y de la coyuntura económica en la que estamos inmersos.

Podéis acceder al comunicado conjunto de la plataforma sindical aquí.

Seguiremos informando.

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