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¿Interesad@ en reclamar la prestación por maternidad?

Lunes, 28 de noviembre de 2016  
¿Interesad@ en reclamar la prestación por maternidad?

La posibilidad ha generado muchas expectativas, pero no es fácil conseguirlo. Como sabéis, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid (TSJM), tras dictar una reciente sentencia, ha abierto la posibilidad para que se pueda reclamar ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid, las cantidades percibidas en concepto de prestaciones por maternidad que paga la seguridad social, al haberlas declarado exentas del IRPF.
 
Sin embargo, será complicado que la devolución se haga efectiva. De hecho, el proceso conlleva bastantes trámites y, por tanto, un coste económico que, en cada caso, es preciso analizar para valorar si merece la pena.
 
En cualquier caso, ¿quién puede reclamarlo? Aquellos contribuyentes que cobraron la prestación por maternidad desde enero de 2012 en adelante.
 
El primer paso es presentar una rectificación de autoliquidación del IRPF ante la propia Agencia Tributaria. Lo más probable es que Hacienda resuelva y rechace la solicitud. En ese caso, el siguiente paso es reclamar ante el Tribunal Económico Administrativo Regional. Si por esa vía tampoco se consigue resultado, queda la opción de iniciar un procedimiento judicial.
 
Si la maternidad es reciente, este mismo año 2016, es necesario declarar la prestación de maternidad de la seguridad social en la declaración del IRPF a presentar en 2017 y, si se quiere, después, reclamar la devolución. Pueden solicitarlo tanto las madres como los padres.
 
 
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